Secreto Fiscal – Nueva Resolución
A través de la RG 3952, la AFIP establece que las Declaraciones Juradas de Impuestos Nacionales (Ganancias / Bienes Personales), no pueden ser requeridas por entidades bancarias ni por otro tipo de sujetos, para evaluar el perfil de riesgo con respecto a operaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Las citadas declaraciones juradas se encuentran amparadas por el secreto fiscal, y solo pueden ser requeridas por los profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas, en el marco de su labor profesional.
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